Sanciones por VeriFactu: multas y riesgos en España

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Sanciones por VeriFactu: qué multas puede habe

Las sanciones VeriFactu son una de las mayores preocupaciones para autónomos, pymes y desarrolladores de software que todavía no han adaptado sus sistemas de facturación. Y con razón: el incumplimiento del reglamento puede acarrear multas de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal para empresas o autónomos que utilicen programas no conformes, y de hasta 150.000 euros para los desarrolladores o comercializadores de software que incumplan las exigencias legales.

Estas sanciones están reguladas por el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria y convierten la adaptación a VeriFactu en una cuestión prioritaria. Además, tras la última moratoria aprobada por el Gobierno, las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán estar adaptadas antes del 1 de enero de 2027, mientras que el resto de autónomos y pymes tendrán de plazo hasta el 1 de julio de 2027.

Cuánto son las multas por incumplir VeriFactu

El régimen sancionador vinculado a VeriFactu establece importes muy relevantes, por lo que no se trata de un simple ajuste técnico sin consecuencias económicas.

  • Hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal para autónomos, pymes o empresas que utilicen sistemas informáticos de facturación que no cumplan con los requisitos exigidos.
  • Hasta 150.000 euros para fabricantes, desarrolladores o comercializadores de software que fabriquen, produzcan o comercialicen programas que permitan incumplir la normativa.

Estas cantidades se enmarcan en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, que refuerza el control sobre los programas de facturación para evitar manipulaciones, ocultación de ventas o alteración de registros.

A quién pueden sancionar con VeriFactu

Las sanciones no afectan solo al usuario final del software. La normativa distingue claramente entre quienes utilizan el programa y quienes lo desarrollan o comercializan.

Autónomos, pymes y empresas usuarias

Pueden ser sancionados si utilizan programas de facturación que no se ajusten a los requisitos legales exigidos, especialmente cuando esos sistemas no garantizan integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Fabricantes, desarrolladores y distribuidores

También pueden ser sancionados quienes fabriquen, produzcan o comercialicen software que permita llevar contabilidades distintas, ocultar ventas o manipular registros de facturación.

Fechas límite para adaptarse

Tras la última moratoria aprobada por el Gobierno, los plazos de adaptación quedan marcados de la siguiente forma:

  • 1 de enero de 2027: fecha límite para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027: fecha límite para el resto de autónomos y pymes.

Aunque todavía exista margen, esperar al último momento incrementa el riesgo de errores, retrasos y uso de soluciones que no estén realmente adaptadas cuando llegue la fecha obligatoria.

Por qué pueden llegar estas sanciones

El nuevo marco normativo exige que los sistemas informáticos de facturación cumplan unas condiciones concretas. Si el software utilizado no genera registros fiables, no mantiene la trazabilidad necesaria o no se adapta a las exigencias técnicas establecidas, la empresa puede quedar expuesta a sanción.

En otras palabras, las multas no aparecen por usar una caja registradora o un ordenador, sino por hacerlo mediante un sistema que no garantice integridad, autenticidad y control de la información fiscal.

AEAT, VeriFactu y control del fraude fiscal con riesgo de sanciones
La AEAT refuerza el control del fraude fiscal con VeriFactu y eleva el riesgo de sanciones para quienes no adapten su software de facturación.

Principales riesgos de incumplimiento

Existen varios escenarios que aumentan claramente la exposición a sanciones:

  • Seguir utilizando software no adaptado
  • No revisar si el proveedor cumple con los requisitos técnicos
  • Emitir facturas sin un sistema trazable
  • Trabajar con soluciones que permiten borrar o modificar registros sin control
  • No planificar la adaptación antes de la entrada en vigor obligatoria

Uso de software no válido o no adaptado

Uno de los principales focos de riesgo está en seguir utilizando programas de facturación que no hayan sido adaptados correctamente. Muchas empresas dan por hecho que su software actual servirá, pero no siempre es así.

Si el programa no cumple con los requisitos exigidos, el negocio puede estar emitiendo facturas desde un sistema que no ofrece las garantías legales necesarias. Por eso, comprobar la compatibilidad real del software es uno de los pasos más importantes para evitar problemas.

Cómo evitar sanciones y multas

La mejor forma de reducir el riesgo de sanciones es actuar antes de que aparezca el problema.

  • Revisar si el software actual está adaptado a la normativa
  • Confirmar con el proveedor qué solución ofrece y en qué plazo
  • Auditar los procesos de facturación del negocio
  • Verificar integraciones con ERP, TPV, ecommerce o contabilidad
  • Formar al equipo sobre los nuevos procesos
  • Evitar esperar al último momento

Adaptarse con tiempo no solo reduce el riesgo de multa, sino que también permite implantar la solución correcta sin prisas ni errores de última hora.

Preguntas frecuentes

¿De cuánto es la multa por no cumplir VeriFactu?

Puede alcanzar hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal para autónomos y empresas usuarias de software no conforme.

¿Cuánto pueden multar a un desarrollador de software?

La sanción puede llegar hasta 150.000 euros cuando se fabrican o comercializan programas que incumplen la normativa.

¿Qué ley regula estas sanciones?

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.

¿Cuál es la fecha límite para adaptarse?

El 1 de enero de 2027 para empresas del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos y pymes.

¿La mejor forma de evitar multas es adaptarse antes?

Sí. Anticiparse permite corregir errores, implantar la solución adecuada y reducir notablemente el riesgo de incumplimiento.

Las sanciones VeriFactu pueden alcanzar importes muy elevados, por lo que revisar el software de facturación ya no es una opción secundaria. Con multas de hasta 50.000 euros para usuarios y hasta 150.000 euros para desarrolladores, adaptarse antes de 2027 será clave para evitar riesgos y cumplir con seguridad.

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